jueves, 29 de noviembre de 2012

Información sindical


REDUCCIÓN SALARIAL EN SITUACIÓN DE BAJA

El Gobierno de Cantabria trata peor a sus funcionarios que la Administración Central en la aplicación del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos.
En el STEC pensábamos que el Gobierno Autonómico ampliaría las situaciones en las que no se aplicaría la reducción salarial en el caso de Incapacidad Temporal , como lo ha hecho la Administración Central. Y a día de hoy, nuestro gobierno  parece no tener la intención de hacerlo.
Las situaciones en las que no se va a aplicar la reducción salarial son las siguientes:
-Accidente de trabajo, tanto dentro del centro escolar , como durante el desplazamiento al mismo, siempre que tengamos autorización para residir en otro municipio diferente al de nuestro centro de trabajo.
-Enfermedad profesional: Nódulos en las cuerdas vocales.
- Hospitalización como mínimo de tres noches consecutivas.
-Cuando una misma enfermedad provoca recaídas, en el parte de baja el médico tiene que especificar que se trata de una recaída de la primera enfermedad. En la 2ª baja no se aplicará ninguna reducción salarial, siempre y cuando la 1ª baja haya tenido una duración de, al menos 20 días. Si, por el contrario, la 1ª baja ha durado menos de 20 días, en la 2ª baja se aplicará la reducción salarial a partir del último día de la 1ª baja hasta completar los 20 días.  En el caso de los interinos, se aplicará hasta completar un mes.
Sí se aplicará reducción en los siguientes casos:
-Estar recibiendo tratamiento de radioterapia y quimioterapia.
-Intervención quirúrgica u hospitalización de menos de 3 noches.
Estos supuestos, la Administración Central sí los contempla . En cambio, el Gobierno de Cantabria no lo hace.
El STEC tiene la intención de  reunirse con el resto de sindicatos para exigir al Gobierno de Cantabria que se nos trate igual y tengamos los mismos derechos que los funcionarios  de la Administración Central.
Recordamos que la Reducción Salarial en caso de Incapacidad Temporal es la siguiente:
Para funcionarios: Durante los 3 primeros días de baja se cobrará el 50% del salario, del cuarto al vigésimo día se cobrará el 75% y a partir del día vigésimoprimero se cobrará el 100%. En global esto supone que para el primer mes de baja (quien esté todo el mes de baja) se cobrará el 80,83% del sueldo.
Para Interinos: Durante los 3 primeros días no se cobrará nada, del cuarto al vigésimo el 60% y del vigésimo en adelante, hasta el primer mes,  el 75%  En global, esto significa que durante el primer mes de baja el personal interino cobrará el 59% del salario. El segundo mes ya se cobrará el 100%.
STEC

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